La Dirección General de Culturas Populares
del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes
y las Secretarías, Institutos, Consejos y Direcciones de cultura
de los gobiernos estatales,
Convocan
a participar en el Programa de Apoyo a las
Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC)
A portadores de cultura popular que de forma colectiva estén interesados
en desarrollar un proyecto cultural que impulse el fortalecimiento de
identidades comunitarias en los espacios geográficos y simbólicos donde se
desarrolle, con el fin de recibir apoyo económico para su realización.
Los proyectos que se presenten deberán orientarse a fortalecer e impulsar
procesos, en los siguientes ámbitos de la cultura popular:
Lengua, tradiciones y expresiones orales
Promoción de las lenguas indígenas
Tradiciones orales y escritas
Artes de la representación
Teatro comunitario
Carnavales
Circo tradicional
Prácticas sociales, rituales y actos festivos
Expresiones musicales
Danzas tradicionales
Ceremonias y festividades tradicionales
Ritos y sitios sagrados
Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo
Manejo de espacio y entorno geográfico
Conocimientos tradicionales
Conocimiento y manejo de recursos naturales
Conocimiento de medicina y herbolaria tradicional
Cocinas tradicionales
Artes y oficios
Expresiones de la cultura popular urbana
El PACMYC es un programa que opera de manera descentralizada. Cada
entidad federativa cuenta con una Comisión de Planeación y Apoyo a la
Creación Popular (CACREP) integrada por representantes de las autoridades
culturales locales y federales y la sociedad civil. Para la selección de los
proyectos que serán apoyados, la CACREP designa un jurado plural e
independiente en el que participan especialistas, académicos, creadores y
promotores de la cultura popular.
1. El PACMYC otorgará apoyo económico para la realización de cada
proyecto, hasta por un monto máximo de $50,000.00
2. Los proyectos deben estar orientados al fortalecimiento de la
cultura e identidad de la comunidad, municipio, delegación política
o región y deberán contar con la participación y/o apoyo de sus
miembros.
3. Los proyectos deberán ser presentados por portadores de cultura
popular que de forma colectiva (formales e informales) estén
interesados en desarrollar un proyecto cultural, cuyos miembros
vivan y sean reconocidos por la comunidad donde se desarrollarán
las actividades.
4. Los proyectos que se presenten deberán considerar los puntos que
se señalan en la “Guía para la Elaboración de Proyectos” incluida en
esta convocatoria. La duración de los mismos podrá ser de un año
como máximo.
5. En los casos en donde el proyecto presentado al PACMYC forme
parte de un proyecto más amplio, que esté recibiendo o haya recibido
apoyo financiero de otras instituciones públicas y/o privadas, se
deberá señalar la instancia que otorga los recursos, especificando
para qué se requiere la parte complementaria del financiamiento
solicitado al PACMYC, ya que los beneficiarios no podrán gozar
simultáneamente del apoyo de otros programas federales o de
las entidades federativas y el Distrito Federal, que consideren la
realización de las mismas actividades autorizadas y financiadas
por el PACMYC.
6. Los proyectos deberán presentarse por escrito en original y una
copia.
7. Las agrupaciones deberán designar un responsable, a cuyo nombre
se entregará el apoyo económico del PACMYC, los participantes
del grupo tendrán una corresponsabilidad en el proyecto.
8. El responsable no podrá ser menor de 18 años cumplidos.
Preferentemente será un miembro que cuente con las condiciones
para poder administrar el apoyo económico y elaborar los informes
de evaluación y financieros. Deberá anexar copia de su credencial
de elector y de la Clave Unica de Registro de Población (CURP).
9. Cada proyecto deberá incorporar una carta de aval, expedida
por alguna autoridad formal o comunitaria del lugar donde se
desarrollará el proyecto. El aval manifestará en ésta, la importancia
del proyecto y deberá incluir su firma, dirección y teléfono.
Quienes presenten proyectos no podrán autoavalarse ni
avalar otros que se presenten a concurso.
10. Los proyectos serán revisados y en su caso autorizados en cada
entidad federativa por un jurado de especialistas que nombrará la
CACREP, y su decisión será inapelable.
11. El jurado dictaminador podrá apoyar los proyectos, asignando
un apoyo menor al solicitado, eliminando aquellos conceptos de
gasto que no estén plenamente justificados.
12.No se autorizarán recursos para el pago de honorarios por elaborar
o coordinar el proyecto.
13. Al momento de recibir el apoyo económico, los responsables
de cada proyecto firmarán una carta compromiso de carácter
jurídico que los responsabiliza sobre el adecuado ejercicio de los
recursos para los fines aprobados; el incumplimiento conllevará a
sanciones legales.
14. No podrán participar en la convocatoria 2009 del PACMYC:
a. Quienes tengan informes pendientes o insatisfactorios derivados
del apoyo PACMYC de años anteriores, así como de otros
apoyos promovidos por instituciones estatales o federales.
b. Proyectos que hayan recibido dos o más apoyos del PACMYC.
c. Proyectos de instituciones federales, estatales, municipales o
delegacionales.
d. Proyectos en los que se soliciten recursos para compra de
terrenos o construcción de inmuebles de manera total o
parcial.
e. Proyectos que se registren simultáneamente en dos entidades
federativas o el Distrito Federal.
f. Proyectos que incluyan el acondicionamiento de espacios
culturales que no sean de propiedad comunal.
15. En los siguientes casos específicos, se deberán cubrir los requisitos
que a continuación se indican:
a. En el caso de los proyectos presentados por Organizaciones
de la Sociedad Civil, deberán anexar:
• Fotocopia del documento que certifique que la Organización
se ha dado de alta, ante el Registro Federal de las Organizaciones
de la Sociedad Civil, en cumplimiento a lo dispuesto
en el Artículo 7o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades
Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil del
Instituto Nacional de Desarrollo Social, el cual establece que
para recibir apoyos y estímulos, las organizaciones deberán
estar inscritas en el Registro Federal de las Organizaciones de
la Sociedad Civil. En caso de no comprobar dicha certificación,
no podrá ser entregado el apoyo financiero. Para mayor
información sobre el registro, consulte la página www.corresponsabilidad.
gob.mx
b. Los proyectos que contemplen la compra de maquinaria,
equipo electrónico, de audio y/o video, etc. Se requiere que
sus solicitantes sean grupos legalmente constituidos, con un
mínimo de tres años a la presentación del proyecto, debiendo
anexar copia del acta constitutiva.
c. Los proyectos que contemplen la compra de instrumentos
musicales deberán anexar:
• Carta elaborada por el grupo en la que se indique que en
caso de desintegración, los instrumentos serán entregados
a la CACREP quien acordará la nueva asignación de los
instrumentos, que permita asegurar la continuidad de su
uso con fines comunitarios.
d. Quienes presenten proyectos de producción de audio, casetes,
videos o discos compactos, edición de libros, periódicos,
revistas, carteles o trípticos, adjuntarán al proyecto un programa
de distribución y difusión, así como dos cotizaciones
en las que se indiquen las características del producto y la
vigencia.
16. Los proyectos que den como resultado ediciones o publicaciones
(discos, casetes, revistas, libros, entre otros), entregarán a la
CACREP el 10% del primer tiraje.
17. La CACREP informará por escrito a los responsables de los proyectos
el resultado. Asimismo, la instancia de cultura en cada entidad
federativa y el Distrito Federal publicarán los resultados de la
dictaminación en su página web.
18. La documentación u objetos soporte que se integren a cada proyecto
será de la absoluta responsabilidad de los solicitantes.
19. En caso de que alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria
no se haya entregado con el proyecto, el responsable del mismo
contará con 10 días hábiles posteriores al cierre de la misma,
para entregarlos en la oficina en la que se registró el proyecto. No
se recibirá cambio de proyecto, ni se aceptarán modificaciones.
20. El PACMYC cuenta con recursos limitados, por lo que la no aceptación
de un proyecto no prejuzga la validez e importancia del
mismo.
21. Los proyectos no autorizados estarán a disposición del responsable,
en los 30 días hábiles posteriores a la fecha de entrega de
los recursos de la convocatoria 2009, en caso de que no fueran
recogidos se destruirán considerando la normatividad aplicable en
cada una de las entidades federativas y el Distrito Federal.
22. La CACREP podrá resolver en la entidad federativa, cualquier situación
no prevista en las presentes bases.
23. El cierre de la convocatoria será el 29 de mayo de 2009, a las
15:00 hrs. El PACMYC no considerará los proyectos enviados
por correo cuyo sello postal sea posterior a la fecha de cierre de la
misma.
Hay dos situaciones que producen historias interesantes: cuando una persona extraordinaria vive en circunstancias ordinarias, y cuando una persona ordinaria interviene en hechos extraordinarios.
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Thursday, June 18, 2009
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